Políticas de la empresa

Política de Negativa al Trabajo Inseguro

Generalidades

APC Corporación S.A. es consciente del derecho que tienen los/as colaboradores/ras a ambientes de trabajo seguro y a procesos productivos que no perjudiquen su integridad física.

Por lo que se compromete con firmeza a la preservación de una cultura de prevención de incidentes, accidentes y enfermedades que puedan ocurrir dentro o fuera de las áreas de trabajo, asimismo la sensibilización a los colaboradores sobre los riesgos presentes relacionados con el trabajo y a fomentar un comportamiento responsable dentro y fuera de la organización; por ello dispone lo siguiente:

Directrices

1. El/la colaborador/a distintivamente de las funciones que desempeñe debe de velar por su seguridad y ser consciente de los peligros y riesgos a los que puedan estar afectos, por ello tiene el derecho y compromiso de intervenir y detener todas las actividades que considere sean de peligro o en las cuales se hayan omitido las normas seguras de trabajo, y que puedan poner en riesgo su integridad o de cualquier otra persona en su entorno laboral, hasta que se elimine la condición sub estándar.

2. El/la colaborador/a deberá reportar de inmediato a su Supervisor/a y/o Jefe/a, con la finalidad de tomar las medidas correctivas y/o preventivas.

3. El/La Supervisor/a a cargo y/o Jefe/a, tomará las acciones correctivas y verificará “in situ” el levantamiento de la
condición sub estándar, dando su aprobación para el reinicio de las actividades.

4. Si a pesar de ello, el/la colaborador/a continÚa con su negativa al trabajo por el riesgo existente, se convocará a un comité evaluador conformado por un/una Supervisor/a de Operaciones y un/una Supervisor/a de HSE de APC Corporación S.A., así como con un representante de los trabajadores (del Sub Comité de la Operación, cuando aplique), quienes evaluarán la situación, plantearán las medidas de control y recomendaciones frente a la labor a desarrollar.

5. Ningún trabajo que ponga en peligro la seguridad y/o salud del/a colaborador/a podrá ser realizado y no será motivo de amonestación y/o ser considerado como falta.

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